Sitios con los que presentar (o no) el modelo 721 de hacienda

¿Quizás has oído hablar del modelo 721 sobre las criptomonedas y no lo tienes claro?

O lo tienes claro, pero simplemente quieres sabe qué brokers lo tienen cubierto y cuáles no.

Pues bien, aquí te voy a explicar y enseñar esas cosas.

Primero vamos a ver una lista con los brokers o exchanges con los que no hay que presentarlo.

Y luego veremos los sitios con los que sí vas a tener que presentar este modelo.

Brokers donde no hace falta presentar el modelo 721

ExchangePresentar modelo 721Registrado en BdE
BinanceNo hace falta✔️
Bit2Me No hace falta✔️
CEX.io No hace falta✔️
RipioNo hace falta✔️
Bitnovo No hace falta✔️

Vale, aquí vemos dos cosas:

  • Los exchanges donde no es necesario que presentes este modelo, si tienes los criptoactivos en ellos
  • Si los mismos están registrados en el Banco de España. Cosa que puedes encontrar aquí: https://app.bde.es/rbe_spa/#/buscador

¿Entonces quién tiene que presentar el modelo 721?

Pues los residentes en España que tengan criptomonedas en sitios extranjeros por valor de 50.000 € a final de año.

Además, tendrás que presentarlo o modificarlo sí:

  • Superas en más de 20.000 € el saldo anterior (si ya lo habías presentado)
  • Si has vendido una criptomonedas, en cuyo caso tendrás que identificar el movimiento

Estos sitios son básicamente las casas de criptomonedas que no estén domiciliadas en España. Además, para estar más seguros, son aquellas empresas que no tienen que presentar los modelos 172 y 173, que son modelos necesarios para España.

Entonces, no solo hace falta que la empresa esté registrada en el Banco de España como proveedor de servicios, sino que además, la misma, ha de tener una empresa operando en territorio nacional.

Te voy a poner un ejemplo de un sitio con el que sí que tenemos que presentar el modelo si tenemos más de 50.000 € en criptos con ellos al final de un año: Bitpanda.

Mira en la página del BdE:

Bitpanda como aparece en el buscador del Banco de España

Como vemos ahí, se trata de  una empresa que está en Austria, por lo que a  pesar de estar registrada en España, no está domiciliado, y en ese caso sí que habría que presentar el modelo en caso de cumplirse las condiciones.

Exchanges donde no hace falta presentar el modelo 721

ExchangePresentar modelo 721Registrado en BdE
BitpandaSi hace falta✔️
KrakenSi hace falta✔️
OKX Si hace falta
Poloniex Si hace falta
KriptomatSi hace falta✔️
CoinbaseSi hace falta✔️
Coinmama Si hace falta
BitstampSi hace falta✔️
BitfinexSi hace falta
OKCoin Si hace falta
HTXSi hace falta
HitBTCSi hace falta
KuCoinSi hace falta
Changelly Si hace falta
ProBitSi hace falta
ByBitSi hace falta
CryptoMarket Si hace falta
SatoshiTangoSi hace falta
Buda.com No presta servicios
CoinhouseSi hace falta
Bitso Si hace falta
Nexo Si hace falta
PhemexSi hace falta
UpholdSi hace falta
SwissborgSi hace falta
Gate.io Si hace falta
MEXCSi hace falta
WhitebitSi hace falta✔️
Crypto.comSi hace falta
PaybisSi hace falta
Lemon CashNo presta servicios
FiwindSi hace falta
BitvavoSi hace falta✔️
Blockchain.com Si hace falta
LbankSi hace falta
BitgetSi hace falta
Deribit Si hace falta
Latoken Si hace falta
BiboxSi hace falta
CoinexSi hace falta
PionexSi hace falta
PaxfulSi hace falta
GeminiSi hace falta✔️
BuenbitSi hace falta
BiconomySi hace falta
BitunixSi hace falta
CoinpaySi hace falta
UpbitSi hace falta
BisqSi hace falta
BiswapSi hace falta
YouhodlerSi hace falta✔️
BitFlyerSi hace falta

Aquí vemos el caso anterior, Bitpanda, más los que ni siquiera están registrados en el BdE, que son la mayoría.

Además, podemos ver algunos que ni siquiera prestan servicio a residentes españoles, pero que alguna gente alguna vez los busca, pensando que sí.

¿Y qué pasa con las carteras/monederos?

Pues si tienes wallets de criptomonedas propios, que custodian las monedas fuera de ningún sitio con domicilio, en teoría no tendrías que declarar el modelo, pues se supone que esos fondos están en una «cartera propia» tuya, y por tanto no están técnicamente fuera de España.

¿Cuáles son las sanciones?

Estas pueden variar mucho, pero, más o menos:

  • 200 € si se presenta fuera de plazo
  • 20 € por dato si lo descubren ellos
  • 10 € por dato si lo entregas tú

Aquí entramos otra vez en otra de esas normativas ridículas de la legislación española que lo único que hacen es complicar la operativa de los emprendedores y, por tanto, supone otro de los innumerables palos que hay para poder mover las ruedas del país.

Vamos a ver, en vez de dejar una sanción simple: 200 €, y listo, o 500, dependiendo de la cantidad no declarada, por ejemplo, lo que hacen es complicar la cosa con lo de 20 o 10€ por dato.

Ahora imagina que eres alguien que trabaja con muchas criptodivisas y tienes más de 200 divisas en algunos exchanges en el exterior, pero con importes pequeños. Pues bien, tendrías, no solo que enumerar las mismas, y sus posteriores ventas, sino que además te querrían multar con 4.000 € (200 divisas por 20 € cada una). Pues imagina si son 400, 600 u 800.

Esto no son más que cargas de trabajo y burocracia innecesarias a gente que en muchos casos no son más que emprendedores particulares, que no tienen tiempo ni ganas de estar llenando listados interminables con divisas que valen un par de euros para enseñar a un burócrata al que no le importa un carajo lo que le enseñan.

En vez de simplificar lo que hacen es ir a por el pequeño emprendedor e inversor.

Es una mentalidad pobrista cada vez más enconada la que hay en este país.

En fin.

Saludos.

Hola, mi nombre es Rubén y soy el fundador y editor de MBB. Aquí vamos a destripar la mejor información sobre los brokers y los mercados de inversión, y recuerda que el trading no es tan fácil como parece. Puedes seguir mis opiniones de los mercados y brokers en Twitter.

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